15/6/09

BENEFICIOS PARA LOS AUTÓNOMOS

La Ley de Presupuestos Generales del Estado dispone que los trabajadores autónomos que, en razón de su trabajo por cuenta ajena desarrollado simultáneamente, hayan cotizado en 2008 respecto de contingencias comunes, en régimen de pluriactividad, y teniendo en cuenta tanto las aportaciones empresariales como las correspondientes al trabajador en el Régimen General, así como las efectuadas en el Régimen Especial por una cuantía superior a 10.440 euros, tendrán derecho a una devolución del 50 por ciento de las cuotas ingresadas en el Régimen Especial.

UPTA y yo como uno más, expresamos nuestra satisfacción por la pronta resolución de este compromiso por parte del gobierno de España, que viene a mejorar la liquidez de los autónomos beneficiados por la medida y que significa una primera aplicación de una norma establecida por la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo.

Como podéis ver y os hagáis una idea, más de la mitad de las devoluciones corresponden al tramo de 1.000 a 1.500 euros. Supongo que alguno será o trabajará en La Rioja

  • Los excesos reconocidos de entre 5.000 y 5.500 euros afectan a profesionales de la medicina, según señala el Ministerio de Trabajo e Inmigración en un comunicado.
  • Las devoluciones corresponden al 50% del exceso en que las cotizaciones ingresadas superen los 10.440 euros, con el tope del 50% de las cuotas ingresadas en el Reta por el concepto de cotización por contingencias comunes de cobertura obligatoria.


Finalmente, es verdad que para beneficiarse de este derecho, los afectados debieron solicitar la devolución de cuotas en el primer trimestre de 2009. Según me he enterado las resoluciones individuales se han empezado a remitir ya y los pagos se harán efectivos en unos 20 días.